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Alfabetización en IA: qué pide la ley europea y qué significa para ti

Actualizado el 7 min de lectura

En resumen

El artículo 4 del Reglamento de IA obliga a las empresas y administraciones que ofrecen o usan sistemas de IA a adoptar medidas para apoyar que su personal entienda esta tecnología. No exige certificado ni un nivel concreto a ninguna persona, se aplica desde el 2 de febrero de 2025 y su redacción se suavizó con una reforma publicada el 24 de julio de 2026.

  • El artículo 4 obliga a proveedores y responsables del despliegue de IA a adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal; no obliga a las personas trabajadoras a formarse.
  • El artículo 4 se aplica desde el 2 de febrero de 2025; la reforma publicada el 24 de julio de 2026 mantuvo esa fecha y cambió la redacción.
  • El texto vigente del artículo 4 dice que no exige garantizar un nivel específico de alfabetización de ninguna persona, y la Comisión Europea añade que no hace falta certificado.
  • El artículo 4 no habla de un derecho individual a un curso: para pedirlo puedes apoyarte además en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores.
  • El reglamento no fija una multa concreta para este artículo: cada Estado miembro establece su régimen de sanciones.
En este artículo

El artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689, el Reglamento de IA, obliga a las empresas y administraciones que ofrecen o usan sistemas de IA a adoptar medidas para apoyar que su personal entienda esa tecnología. No te obliga a ti a formarte ni a sacarte ningún certificado, y desde julio de 2026 su redacción es más flexible que la original.

Más abajo tienes qué dice el texto, desde cuándo se aplica, a quién afecta y cómo aprovecharlo para pedir formación en tu trabajo. Hemos comprobado el texto en el Diario Oficial de la Unión Europea el 23 de octubre de 2026. Es información divulgativa y no sustituye el asesoramiento jurídico.

¿Qué dice exactamente el artículo 4?

El artículo 4 dice que los proveedores y los responsables del despliegue de sistemas de IA adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en IA de su personal y de las demás personas que operen o usen esos sistemas en su nombre. Las medidas deben tener en cuenta los conocimientos técnicos, la experiencia, la educación y la formación de esas personas, además del contexto en el que se va a usar la IA.

El apartado añade una frase clave: la obligación no exige garantizar un nivel específico de alfabetización de ninguna persona en particular. Y el artículo 3 define qué es alfabetizarse en IA: las capacidades, los conocimientos y la comprensión que permiten a proveedores, responsables del despliegue y demás personas afectadas hacer un despliegue informado de estos sistemas y ser conscientes de las oportunidades y los riesgos que plantean, así como de los perjuicios que pueden causar.

El texto cambió en 2026. Esta tabla compara las dos redacciones:

Redacción de 2024 Redacción vigente desde julio de 2026
Qué hace la empresa Adopta medidas para garantizar, en la mayor medida posible, que su personal tenga un nivel suficiente de alfabetización Adopta medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en IA de su personal
Nivel que se exige «Nivel suficiente», sin concretar Ningún nivel específico para ninguna persona
Apoyo público El artículo no lo mencionaba La Comisión y los Estados miembros apoyan a las empresas, con atención a las pymes; la Comisión publica ejemplos prácticos y el Consejo de IA adopta recomendaciones

Fuentes de la tabla: Reglamento (UE) 2024/1689 y Reglamento (UE) 2026/1744.

¿Desde cuándo se aplica?

El artículo 4 se aplica desde el 2 de febrero de 2025, y la reforma de 2026 no movió esa fecha. Desde el 2 de agosto de 2026, según la Comisión Europea, lo supervisan las autoridades nacionales de vigilancia del mercado.

La reforma es el Reglamento (UE) 2026/1744, el llamado ómnibus digital sobre IA. Se firmó el 8 de julio de 2026, se publicó el 24 de julio y entró en vigor tres días después. Sustituyó el artículo 4 por el texto actual y mantuvo el 2 de febrero de 2025 como fecha de aplicación del capítulo I, donde está. Lo que sí aplazó son las obligaciones para los sistemas de IA de alto riesgo, a diciembre de 2027 o agosto de 2028 según el tipo de sistema.

Un aviso de vigencia. La página de preguntas y respuestas de la Comisión describe en algunos pasajes el ómnibus como una propuesta y en otros como ya en vigor. Nos hemos fiado del texto del Diario Oficial, que es el que cuenta. Si lees una web que presenta el «nivel suficiente» como obligación vigente, está citando la redacción de 2024.

¿A qué empresas afecta?

El artículo 4 afecta a las empresas que ofrecen sistemas de IA (proveedores) y a las que los utilizan en su actividad profesional (responsables del despliegue), sea cual sea su tamaño: el texto no distingue. La definición de responsable del despliegue incluye a personas físicas o jurídicas y a autoridades públicas que usan un sistema de IA bajo su propia autoridad, salvo cuando es un uso personal no profesional.

En la práctica, si tu empresa usa un asistente de IA para tareas de trabajo, lo más probable es que sea un responsable del despliegue. Confírmalo con quien lleve el cumplimiento normativo. El artículo cubre también a las demás personas que usen los sistemas en nombre de la organización: la Comisión pone como ejemplo a contratistas y proveedores de servicios, no solo a la plantilla.

¿Qué significa para ti como trabajador o trabajadora?

Para ti significa que tu empresa, si usa IA, tiene que tomar medidas para apoyar que entiendas la IA que usa, según tu puesto y tu experiencia, y que a ti el artículo no te exige nada. Con tres matices:

  • No tienes que examinarte ni obtener un certificado. La Comisión dice expresamente que no hace falta certificado, y el artículo no obliga a medir los conocimientos de nadie.
  • El texto no habla de un derecho individual a un curso concreto. Es un argumento para pedirlo, no una orden con tu nombre. Para el derecho individual hay otras normas, que ves en el apartado siguiente.
  • Aquí no vas a encontrar cifras de multas, porque el reglamento no fija ninguna para este artículo. El artículo 99 deja a cada Estado miembro el régimen de sanciones, que debe ser efectivo, proporcionado y disuasorio.

Hay además un indicio de lo que muchas personas esperan. Una nota del ONTSI recoge que el 78 % de los encuestados considera que su empresa debería darles las herramientas y la formación necesarias para trabajar con las tecnologías digitales más recientes, incluida la IA. La nota no detalla la muestra, así que léelo como un indicio y no como una medición precisa.

¿Cómo pedir formación a tu empresa?

La formación se pide mejor con un mensaje concreto y pequeño que se apoye en el artículo 4 y en el Estatuto de los Trabajadores, y que le ponga fácil a la empresa decir que sí. Estos son los pasos:

  1. Averigua si tu empresa usa IA y quién lleva el cumplimiento. Si utilizáis un asistente de IA para trabajar, lo más probable es que ya estéis en el supuesto del artículo 4.
  2. Pregunta qué medidas hay previstas para apoyar la alfabetización en IA de la plantilla. Pregunta, no acuses: lo que quieres es abrir la conversación.
  3. Propón algo pequeño: un curso introductorio gratuito, con las horas dentro de la jornada. Puedes empezar por Elements of AI o por el módulo de Microsoft Learn, y tienes más en formación gratuita en IA. Si la empresa quiere algo a medida, mira los cursos de IA.
  4. Apóyate en la ley laboral. El Estatuto de los Trabajadores reconoce, en el artículo 23.1.d, el derecho a la formación necesaria para adaptarte a las modificaciones de tu puesto, a cargo de la empresa y en tiempo de trabajo. Y en el 23.3, un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación para el empleo vinculada a la actividad de la empresa, acumulable hasta cinco años, para quien tenga al menos un año de antigüedad. No vale cualquier curso: tiene que estar relacionado con la actividad de la empresa, y el modo de disfrutarlo se concreta en convenio o de mutuo acuerdo.
  5. Resuelve el dinero. Si el obstáculo es el coste, existe la formación bonificada: según Fundae, el crédito de cada empresa se calcula a partir de lo que cotizó el año anterior y la formación es gratuita para la persona trabajadora. Cómo funciona en detalle está en formación bonificada FUNDAE para cursos de IA.

Si no sabes cómo empezar el mensaje, este esquema te vale:

Hola, [nombre]. He visto que usamos [herramienta] para [tarea]. El artículo 4 del Reglamento europeo de IA pide a las empresas que usan estos sistemas medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal. ¿Hay algo previsto? Me gustaría hacer un curso introductorio de unas [X] horas y proponer que sea dentro de la jornada. Si te ayuda, te paso opciones gratuitas.

Según lo que conteste tu empresa, tienes tres caminos. Si ya hay un plan, pide apuntarte y que te digan qué contenidos incluye. Si no saben qué responder, deja sobre la mesa tu propuesta pequeña y ofrécete a probarla tú primero. Si dicen que no usan IA, pregunta qué herramientas se usan de verdad: algunos programas de uso corriente incluyen funciones de IA, y a veces se usan sin que nadie las haya contado como tales. En los tres casos, apunta la fecha y lo que te hayan respondido, porque te servirá si más adelante quieres insistir.

Si tu empresa no usa IA en el trabajo, el artículo 4 te sirve poco como argumento, pero la ley laboral y la formación gratuita siguen ahí. Y no hace falta esperar a la empresa para empezar: en el glosario tienes qué es el AI Act en pocas líneas y en Portal Formación puedes empezar hoy con formación gratuita, sin pagar.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la alfabetización en IA según la ley europea?

Según el artículo 3 del Reglamento de IA, son las capacidades, los conocimientos y la comprensión que permiten a proveedores, responsables del despliegue y demás personas afectadas hacer un despliegue informado de la IA y ser conscientes de las oportunidades y los riesgos que plantea, así como de los perjuicios que puede causar. El artículo 4 pide a las empresas que adopten medidas para apoyar que su personal la desarrolle, sin exigir un nivel concreto a nadie.

¿Es obligatorio hacer un curso de IA si soy trabajador?

No. El artículo 4 impone la obligación a las empresas y organismos que ofrecen o usan sistemas de IA, no a las personas trabajadoras. Tampoco exige certificado ni un nivel específico, según el propio texto y la Comisión Europea. Si tu empresa usa IA, lo que le corresponde es adoptar medidas para apoyar tu formación.

¿Desde cuándo se aplica el artículo 4 y puede haber multas?

El artículo 4 se aplica desde el 2 de febrero de 2025, y desde el 2 de agosto de 2026 lo supervisan las autoridades nacionales de vigilancia del mercado, según la Comisión. El reglamento no fija una multa concreta para este artículo: cada Estado miembro establece su régimen de sanciones, que debe ser efectivo, proporcionado y disuasorio.

¿Cómo pido a mi empresa formación en IA?

Pregunta qué medidas hay previstas para apoyar la alfabetización en IA, propón un curso introductorio gratuito dentro de la jornada y apóyate en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores: formación necesaria para adaptarte a cambios en tu puesto, a cargo de la empresa, y con un año de antigüedad, 20 horas anuales retribuidas vinculadas a la actividad de la empresa.

¿Cambió el artículo 4 en 2026?

Sí. El Reglamento (UE) 2026/1744, publicado el 24 de julio de 2026 y en vigor tres días después, sustituyó el artículo 4. Ahora pide adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en IA, en lugar de garantizar, en la mayor medida posible, un nivel suficiente. La fecha de aplicación, el 2 de febrero de 2025, no cambió.

Fuentes

  1. Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital sobre IA), Diario Oficial de la UE, 24/07/2026eur-lex.europa.eu
  2. Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, artículos 3, 4 y 99, Diario Oficial de la UE, 12/07/2024eur-lex.europa.eu
  3. Comisión Europea: AI Literacy, Questions and Answers (actualizada el 20/10/2026)digital-strategy.ec.europa.eu
  4. BOE: Estatuto de los Trabajadores, artículo 23 (texto refundido, Real Decreto Legislativo 2/2015)boe.es
  5. ONTSI (Red.es): El 78 % de los trabajadores demanda formación en tecnologías digitales (2025)red.es
  6. Fundae: preguntas frecuentes sobre formación bonificadafundae.es

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